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NOTIFICACION POR AVISO SUSPENDIDOS JOVENES EN ACCION PAGOS 2 Y 3 DE 2022

NOTIFICACION POR AVISO SUSPENDIDOS JOVENES EN ACCION PAGOS 2 Y 3 DE 2022

El Departamento para la Prosperidad Social en aplicación de lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo C.P.A.C.A. (Ley 1437 de 2011) procede a Notificar por Aviso los actos administrativos por medio de los cuales se resolvió “ACTUALIZAR A ESTADO SUSPENDIDOa un participante del Programa Jóvenes en Acción”, proferidos por el Director de Transferencias Monetarias del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, correspondientes al Ciclo Operativo 2 Y 3 DE 2022.

Ante la imposibilidad de efectuar notificación personal a las personas relacionadas en el listado adjunto, se fija el presente aviso por un término de cinco (5) días hábiles, en la cartelera de la Dirección Regional de Prosperidad Social y/o la Oficina del Enlace Jóvenes en Acción – JeA/Enlace Municipal Familias en Acción – FeA del municipio de Cartago, ubicada en la carrera 2 norte #12-35, El Prado.

Los actos administrativos señalados, de los cuales se remitió copia íntegra a los funcionarios de la Dirección Regional de Prosperidad Social y/o a los Enlaces de Jóvenes en Acción/Familias en Acción, se consideran legalmente NOTIFICADOS al finalizar el día siguiente al RETIRO del presente aviso, advirtiendo que en su contra no proceden recursos.  

Se fija el presente aviso por el término de cinco (5) días hábiles, el 22 del mes JUNIO del 2022 a las 08: 00 A. M. Y se desfijará el día 30 del mes de JUNIO del 2022 a las 08:00 A. M.

NOMBRENo. RADICADOLINA KATERINE MEZA LLANTENS-2022-4101-172482MAYRA ALEJANDRA BUITRAGO LIZALDAS-2022-4101-172503JHOAN ALEXIS JIMENEZ GOMEZS-2022-4101-173473JUAN DAVID ORTIZ CORTESS-2022-4101-173554CATALINA NOREÑA RESTREPOS-2022-4101-173558INGRID YULITZA PINDE REMACHES-2022-4101-173612MELANY SANABRIA ALVAREZS-2022-4101-174673ANGY OCAMPO VASQUEZS-2022-4101-177784LAURA VALENTINA FRANCO MESAS-2022-4101-177787 Artículo anteriorResolución No. 1-11230Artículo siguienteResolución No 1-11251
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